Nacionalidad para personas bajo tutela, guarda o acogimiento por entidad o familia española

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Si has estado bajo tutela, guarda o acogimiento por una entidad o familia española, puedes pedir la nacionalidad española con un plazo reducido de residencia. En InmoLaw te ayudamos con todo el trámite.

Descripción

Las personas que han estado bajo tutela, guarda o acogimiento de una entidad pública o de una familia española pueden solicitar la nacionalidad española tras residir legalmente en España durante el plazo reducido previsto en el artículo 22.2 del Código Civil. Este supuesto beneficia a quienes han estado protegidos por el sistema español de protección de menores. La solicitud se realiza telemáticamente e incluye superar el examen CCSE y, cuando corresponda, el DELE A2.

Requisitos principales

• Haber estado bajo tutela, guarda o acogimiento de una entidad pública o familia española durante al menos dos años consecutivos.
• Residencia legal y continuada en España durante el tiempo exigido.
• No superar los límites de ausencias permitidas.
• Superación del examen CCSE y, en su caso, del DELE A2.
• Buena conducta cívica y ausencia de antecedentes penales.
• Continuidad de la residencia acreditable con pasaportes.

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