Nacionalidad para refugiados

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Si tienes reconocido el estatus de refugiado en España, puedes pedir la nacionalidad tras cinco años de residencia legal. En InmoLaw te ayudamos con la tramitación completa.

Descripción

Las personas reconocidas como refugiadas en España pueden solicitar la nacionalidad española tras cinco años de residencia legal y continuada. Este plazo reducido está previsto en el artículo 22.1 del Código Civil y permite acceder a la nacionalidad más rápido que por la vía general de diez años. La solicitud se presenta de manera telemática y requiere superar el examen CCSE y, si corresponde, el DELE A2.

Requisitos principales

• Tener reconocida la condición de refugiado mediante resolución del Ministerio del Interior.
• Residencia legal y continuada en España durante cinco años inmediatamente anteriores.
• No superar los límites de ausencias permitidas.
• Superar el examen CCSE y, si procede, el DELE A2.
• Acreditar buena conducta cívica y carecer de antecedentes penales.
• Continuidad de la residencia demostrable mediante pasaportes o documentos alternativos.

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